Estimados Empresarios y Emprendedores:
Muy buenos días:
La administración de los recursos humanos y materiales del Estado, la
confiere nuestra Constitución Política, a un solo individuo, que
se denomina Gobernador del Estado; por lo tanto, el Gobernador tiene como función
específica, el conjuntar las voluntades de los gobernados en el propósito
de lograr una vida digna, sustentada en el desarrollo de las cualidades humanas
y calidades materiales de su entorno, con apoyo en cuatro principios básicos:
el respeto a la vida, a la libertad, a la propiedad y el derecho a la comunicación.
El primer reto entonces, lo constituye el conocimiento del pasado, presente y futuro del pueblo gobernado y de su entorno local, nacional e internacional; pues la función de relación que otrora solo significó intercomunicación, ahora, como consecuencia del desarrollo de los medios de comunicación, el intercambio de ideas y productos es instantáneo; de ahí la necesidad de considerar en un plan de desarrollo, la forma de armonizar la tecnología e ideas del exterior con las necesidades y valores nativos, teniendo como marco de acción el orden jurídico nacional y local.
PRIMER PRINCIPIO
LA VIDA
Nada puede hacerse, si no hay vida, esa condición invita a reflexionar sobre la cantidad y cualidad del concepto, a fin de tutelar en los ordenamientos constitucional y ordinario; todas y cada una de las categorías en que se manifiesta; lo cual justifica la actualización de los códigos básicos, cuya obsolescencia ha sido fuente de impunidad, lacra generadora de inestabilidad social.
Cuantas veces hemos asistido al horrible espectáculo del atropellamiento de un niño, por quien conduce un vehículo de motor en completo estado de ebriedad; los familiares con toda razón claman: ¡justicia!; pero el juez débilmente responde, que no puede darla; que por el contrario, otorgará al infractor el beneficio de su libertad mediante el aseguramiento del pago de la reparación del daño; como si la vida tuviese precio o pudiese reponerse con unas cuantas monedas. Este evidente acto de impunidad, contrario a lo que pudiéramos pensar, está protegido por la ley; por lo tanto, salta a la vista que la ley penal actual, no sirve, y si no sirve, hay que modificarla para que cumpla con su función de dar paz y armonía a la sociedad; pues si una persona ingiere voluntariamente alcohol u otro tóxico, que sabe disminuirá sus facultades de ser pensante y por ende el manejo adecuado de un instrumento peligroso, como lo es un vehículo de motor; es evidente que a ese infractor se le debe imponer una pena agravada y no una atenuada, como absurdamente lo establece la ley actual; tan insultante como el ejemplo anterior, es el que el ofendido no sea considerado parte en el proceso penal; ya que, como si se tratara de un incapaz, se le sujeta a la no siempre eficaz tutela del Ministerio Público, ejemplo claro de esa limitación, es el impedimento legal del ofendido para reclamar en el amparo, la ilegalidad o inconstitucionalidad de las sentencias penales de segunda instancia, todo porque el ofendido no es parte en el proceso penal; lo cual constituye una injustificada desventaja frente a su agresor; desafortunadamente existe además un amplio catálogo de agravios sociales. Solo pasaré revista breve al notorio rezago en la configuración de los delitos que han surgido con motivo del avance tecnológico y en todos los ordenes de la actividad humana: La manipulación genética, nuevas ofensas al honor; los cometidos en la procuración y administración de justicia, los que realizan los servidores públicos, los que intervienen sistemas de informática y medios de comunicación alámbrica o inalámbrica; explotación de menores por sus padres; uso de objetos ilícitos por las autoridades; etc., etc. Todo causado por el monopolio injustificado del Ministerio Público, que a veces ha sido el mejor aliado de la delincuencia; pues su desinterés legal y a veces su interés personal, propician que la víctima del delito se convierta en afiliado obligado de las filas de la rebelión, por su total descreimiento en la justicia estadual. Ante la magnitud del problema, algunos prefieren bloquear su entendimiento; lo cual no pueden ni deben hacer, un gobierno y una ciudadanía responsables; por ello, hoy, el sindicato y la asociación empresarial que represento, entrega la lista de temas que solicitamos les de solución en la iniciativa que, llegado el momento, proponga al Honorable Congreso del Estado, pues la sed de justicia, como toda sed, no puede esperar mucho.
SEGUNDO PRINCIPIO
LA PROPIEDAD
La historia de la humanidad ha demostrado, que solo los pueblos que respetan la propiedad han logrado niveles de desarrollo admirables; esta afirmación que resulta axiomática para la civilización europea y estadounidense, es relativa para nosotros, ya que nuestro pacto fundamental, otorga al Estado Mexicano, - no a la Federación que quede claro -, el dominio directo de las tierras, aguas, plataforma continental, mar territorial y zona económica exclusiva, que conforman su ámbito espacial; por ello, es el Estado Mexicano el que crea los tres regímenes que luchan entre si: El Ejido, la Comuna y la Propiedad Privada; decía que el juicio que antecede es relativo para nosotros, porque si bien, las modalidades de la posesión tienen su raíz en la Constitución vigente, también lo es, que en ese acuerdo fundamental, el constituyente quiso sujetar la realidad a la idealidad; propósito que no ha conseguido a la fecha, como lo demuestra el hecho de que, bajo la apariencia de certificados de posesión ejidal o comunal, se realizan a diario en todo el territorio del Estado, cientos de contratos de compraventa de inmuebles sujetos a los regímenes comunal y ejidal; lo que demuestra que, el ser no obedeció al querer ser; así el traslado de dominio que en otros lugares es fuente de seguridad y de riqueza, en el nuestro lo es de corrupción de personas y de instituciones, pues las tierras comunales y ejidales se convirtieron en instrumentos de ganancia ilícita, cuantiosa y permanente; pues, a pesar de que los contratos de compraventa contengan antecedentes antiquísimos o certificados de posesión de iguales características, basta una amañada Asamblea de comuneros o ejidatarios, para que se despoje al ingenuo propietario de sus bienes o en el mejor de los casos, quede sujeto al chantaje continuo: cada vez que haya cambio de comisariado; cuando se realiza la fiesta del pueblo; o, simplemente cuando los comisarios tiene necesidad de dinero lo exigen al propietario, creando un sistema de venta de protección, al mejor estilo de las mafias americanas del siglo pasado.
La Constitución del 17, quiso la redención rural, pero solo logró agregarle a la miseria física, la corrupción moral. La propiedad y la posesión por su propia naturaleza deben ser la causa eficiente de estabilidad económica, si se logra, los inmuebles llegarán a valores reales, que a su vez propiciaran el cambio indispensable para el desarrollo económico.
No desconocemos, que en la prehistoria la posesión de la tierra fue comunal, como tampoco, que la interacción humana, reclama nuevos soportes y ese sustento solo lo puede ser, por ahora, la propiedad privada por la estabilidad que la caracteriza. Lo anterior sustenta nuestra propuesta de regularizar la propiedad anómala que existe en la zona urbana colindante con los regímenes comunal y ejidal; crear una reserva territorial que cure definitivamente la asfixia crónica que sufre la capital del Estado, parte de la cual podrá ser empleada para la sede del poder público y para el tratamiento de desechos sólidos, que podrán usar los municipios que así lo deseen; con lo cual el estado se libraría del chantaje permanente de quienes se consideran dueños del terreno en donde actualmente se encuentra funcionando el basurero. Como complemento de las acciones propuestas, se debe construir una barrera contra la contaminación urbana, mediante un cerco de nuevos bosques y protección de los existentes, que purifiquen los gases tóxicos, causa de graves males en los habitantes del estado, la protección aludida se lograría de forma permanente, siempre y cuando, se introduzca agua a los Valles Centrales, traída de la Presa Cerro de Oro, con la cual se harían productivas cientos de miles de hectáreas, lo cual disminuiría considerablemente la destrucción del tesoro forestal que todavía defienden valientemente las montañas de la Sierra Norte y Sur.
TERCER PRINCIPIO
LA LIBERTAD.
Si la libertad es un movimiento de conciencia que se produce en el instante en que se dice si o no, o bien, la formulación de un juicio que por lo tanto afirma o niega; resulta de vital importancia el que, quien la ejerza, esté lo suficientemente formado e informado, para que ese sí o ese no, sea congruente con la realidad social en la que se desenvuelve; en otras palabras, la libertad tiene como contrapartida necesaria la responsabilidad, tanto porque se deben respetar muchas libertades individuales, como porque se debe respetar la colectiva; por lo tanto resulta clara la necesidad de los procesos informativos y formativos que solo da la educación; de tal manera que se logre formar al individuo en la responsabilidad que por naturaleza y por acuerdo colectivo le corresponde, paso previo para el cumplimiento voluntario de la ley, que no es otra cosa, que la voluntad general reducida a fórmulas de aplicación para la convivencia armónica; de ahí la importancia de que las leyes respondan a la realidad y de ser posible se adelanten, pues como casi siempre sucede, los ordenamientos legales van a la zaga de la vertiginosa actividad humana; por lo tanto, eficientar los recursos que se destinen a la educación es una urgente necesidad, pues de nada sirve que la sociedad destine grandes sumas de dinero para los centros educativos, si en ellos no solamente no se forma a los individuos en las responsabilidades colectivas, sino se les deforma y peor aún, se convierten en cotos de impunidad y de poder ilegítimo; aquí nace la necesidad de rendición de cuentas de las instituciones que reciben subsidio; pues la sociedad está interesada en saber el destino que se le da al dinero que aporta por la vía de los impuestos y sobre todo, se debe asegurar que se están formando a las personas que en su momento habrán de ocupar los puestos de conducción del Estado. Como consecuencia de la argumentación que antecede, los organismos que represento, proponen la revisión cuidadosa de la legislación que regula al funcionamiento de las instituciones educativas, a fin de que la rendición y revisión de cuentas, sea condición básica de los subsidios; pues sin esa calificación que deberá realizar un organismo ciudadano, todo recurso que se destine a la educación pública, será dinero perdido y lo más grave, dinero que bien pudo haberse destinado a satisfacer necesidades urgentes de grandes grupos que sobreviven en la miseria.
Lo anterior funda la convocatoria a todos los actores de la sociedad, para redefinir la educación en el estado, que le permita sustituir la venta de fuerza física, normalmente barata y sobreofertada, por talento, que es extraordinariamente bien pagado y requerido en todo el mundo; adicionalmente la convocatoria tendría la enorme ventaja de comprometer a toda la sociedad oaxaqueña en la búsqueda de soluciones trascendentes para el Estado de Oaxaca.
Pero la libertad, es un concepto multívoco, por cuanto que tiene significado
sociológico, psicológico y filosófico, sin embargo, alcanza
su connotación material en uno de los aspectos más importantes
de la vida: El económico, que o bien esclaviza o bien permite el goce
pleno de la vida; por ello es importante que al trabajador se le pague el salario
que le permita una vida digna, de tal forma que su existencia no sea una serie
infinita de sufrimientos, sino el camino de superación material e intelectual;
lo cual podrá conseguir cuando tenga un ingreso suficiente; desafortunadamente
hasta este momento, el diseño de los ordenamientos fiscales que coinciden
en la regulación de la materia, limitan no solo la voluntad de trabajar,
sino la justa retribución para el trabajo, cuando el estado grava el
ingreso del trabajador que rebasa el salario mínimo; este error de planeación
fiscal conlleva la sentencia de miseria del trabajador; pues los hechos le demuestran
que, a medida que trabaje más y obtiene un salario superior al mínimo,
la cantidad de impuestos crece a tal nivel, que al final termina recibiendo
el mismo salario mínimo, solo que con muchas más horas de trabajo
y esfuerzo; por lo que el trabajador pierde interés en ocupar su tiempo
libre en actividades productivas y lo destina al vicio o a otras actividades
que en nada coadyuvan al desarrollo de la sociedad. De la eficiencia que la
representación federal destine a la iniciativa que en su momento proponga
el ejecutivo del estado, dependerá el que se exente de impuestos hasta
cinco salarios mínimos, de tal forma que el dinero que el trabajador
perciba por su trabajo, lo pueda disfrutar en su totalidad con su familia; concomitantemente
con la reforma propuesta, debe hacerse lo propio con las leyes de seguridad
social, para que ese beneficio laboral no se convierta en perjuicio patronal.
Una respuesta apresurada de la propuesta, podría llevar a pensar que el fisco perdería el impuesto de muchos trabajadores; conclusión falsa; primero por que ese ingreso actualmente no existe y segundo, porque, si el trabajador en lugar de tener uno, logra dos empleos, la reactivación se reflejará en otras actividades de la vida económica, con la consiguiente generación de ingresos fiscales para todos los ordenes de gobierno.
TERCER PRINICIPIO
COMUNICACIÓN
El Estado Mexicano nace económicamente con el desarrollo de las comunicaciones ferroviarias, pero nace deforme, pues el temor a que nuestros vecinos del norte se adueñaran de la vida económica del país y la inexistente fuerza política del sureste, propició que el diseño de la comunicación únicamente se diera de este a oeste y solo por el posterior interés militar de los Estados Unidos de América, se construyó del norte al sur, pero fuera del interés estratégico que representó el Istmo de Tehuantepec, fruto del cual fue la carretera panamericana que unió a la capital del país al Sureste mexicano; esta región se ha mantenido en el más absoluto abandono, todo porque el poder público confundió el Estado Mexicano con la federación mexicana y de ahí derivó el planteamiento de que la inversión pública debería hacerse proporcional a la aportación fiscal local, de tal forma que las zonas que menos aportaban, recibían menos infraestructura y así nos han mantenido en esa situación ignominiosa que revela supina ignorancia de quienes están encargados de administrar los recursos del Estado Mexicano, esto es, el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión, situación que debe revertirse haciéndoles saber, que ningún favor nos hacen, cuando destinan recursos para el desarrollo de la región, pues solo están cumpliendo con la función de integración nacional, de ahí que, para que la libertad sea plena, el individuo debe contar con la posibilidad de traslado rápido y seguro, por ello proponemos que con cargo al presupuesto del Estado Mexicano, se construya el eje carretero que una al pacífico con el golfo y el que integre la costa oaxaqueña, a fin de que puedan explotarse económicamente las bondades de las regiones que enlazarían: la Cuenca del Papaloapan, la Sierra Norte y la Sierra Sur, por las vías Oaxaca - Miahuatlán - Pochutla - Huatulco; Oaxaca, Sierra Norte y Tuxtepec; Salina Cruz, hasta los límites con el Estado de Guerrero. Ya es tiempo de que Oaxaca pase de la petición a la exigencia, ya es tiempo de que se cumpla con el pacto político establecido en la Constitución vigente; ya no permitamos que ese documento básico se utilice solo para el discurso del 5 de febrero o para beneficio de las zonas altamente desarrolladas, bajo el falaz argumento de que son los que aportan mayores recursos fiscales a la federación.
VISIÓN DE ESTADO
El rubro responde a las preguntas: ¿Qué es el Estado Mexicano? ¿Federación es lo mismo que Estado Mexicano? ¿Existe jerarquía entre el Estado Mexicano, la Federación, los Estados Federados y el Municipio?
La respuesta categórica es:
El Estado Mexicano, está conformado por la Federación, El Estado Local y el Municipio y entre ellos no existe relación de jerarquía, sino de coordinación, pues estando delimitadas las competencias, no hay razón para pensar en la supremacía de uno de esos elementos.
La clarificación de la naturaleza jurídica de los entes públicos, facilita la comprensión de la función que debe cumplir cada una de las partes políticas del todo; al Estado mexicano corresponde la vigilancia, desarrollo y conservación de la unidad conocida por la sociedad como nación mexicana, ente político que alcanza su materialización en la voluntad de todos los mexicanos, representada en la Constitución; Ahora bien; la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esto es, el Estado Mexicano, fija las actividades que debe cumplir cada uno de sus elementos; Federación, Estado Local y Municipio y como consecuencia lógica de la estructura citada, el Estado Mexicano, y no sus componentes, tiene la obligación de preservar y desarrollar todo el territorio que integra su ámbito geopolítico; lo cual cumple, con base en el régimen de competencias, asignando a uno de sus elementos, en este caso al Federal, para que además de las funciones que le son propias, atienda las prioridades de las zonas que están sufriendo deterioro y rezago. Ejemplos de la existencia y función del Estado Mexicano, lo son: Los planes de desastres, el poder revisor de la Constitución y el control constitucional.
De esta forma queda definido que, es el Estado Mexicano, por la necesidad de conservar su propia integridad geopolítica, el que encomienda a uno de sus integrantes la creación de infraestructura que de las bases del crecimiento de las zonas rezagadas; pero ello de ninguna manera debe entenderse como un privilegio hacia a un estado o región, ya que, lo que está haciendo, es cumplir con la obligación de preservar la identidad de la nación, lo anterior permite concluir:
Primero.- Que el Estado Mexicano está integrado políticamente por la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios; de donde se infiere, que el Estado Mexicano, no es la Federación, puesto que ésta, los estados y municipios, están subordinados a la Constitución.
Segundo.- Que entre las Entidades Federativas, la Federación y los Municipios, no existe relación de jerarquía, sino de coordinación.
Tercero.- Que lo que haga el Estado Mexicano para desarrollar cualquiera de las zonas de su territorio, es ajeno a la distribución de ingresos que convengan la Federación y los Estados.
Las conclusiones expuestas justifican la proposición de que: El Estado Mexicano destine la cantidad suficiente de recursos para comunicación, educación, salud y para la construcción de carreteras que comuniquen a nuestro Estado y para traer agua de la Presa Cerro de Oro, a fin de salvar nuestra riqueza forestal, que todos los años disminuye, por la necesidad del campesino de satisfacer el hambre de su familia.
No ignoramos, que ningún esfuerzo tendrá éxito, si no se manejan los recursos públicos con eficiencia y honestidad; para lograrlo, se debe suprimir de la Constitución vigente, el Fuero, para así poder castigar rápidamente al funcionario deshonesto; pues conforme al procedimiento vigente, la penalización y la recuperación de los recursos dispuestos indebidamente, es casi imposible; esa es la causa por la que, quien dispone indebidamente del dinero público, tiene la seguridad de evadir el castigo y por la que el ciudadano se niega a contribuir al gasto público; por lo tanto, es urgente, que además de la modificación de la Constitución y de la ley de responsabilidades, se tipifique como delito grave, la malversación del erario público, sea cual fuere el monto; pues de nada servirá que se obtenga mas dinero, si éste no se aplica con la honestidad que un régimen republicano exige.
Los empresarios que no somos otra cosa, que trabajadores de la esperanza, convocamos a todos los oaxaqueños para que bajo el liderazgo de Ulises Ruiz, arribemos al año 2010, satisfechos de haber cumplido como oaxaqueños y hombres de bien y en esa fecha podamos decir con orgullo, que entregamos la estafeta a las nuevas generaciones con tiempo y distancia ganados.
Muchas gracias.
ANEXO UNO
Temario de reformas a la legislación penal.
1.- Reconocer al ofendido en el proceso penal, el carácter de parte.
2.- Procreación asistida, inseminación artificial y manipulación
genética
Subtemas
Alteración del genotipo humano.
La fecundación ilícita de óvulos humanos.
Clonación, procedimientos de ingeniería genética con fines
ilícitos.
Uso indebido de óvulos o esperma humano.
La inseminación artificial ilícita.
La implantación de óvulos sin el consentimiento de quien deba
darlo.
3.- Penalización de los actos libere in causa, como la conducción de vehículos en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o sustancias similares.
4.- Configurar los delitos relacionados con la distribución, venta de medicamentos y bebidas alcohólicas.
Subtemas
La venta, distribución o suministro de medicamentos caducados.
Alteración de bebidas y medicamentos.
Venta y distribución de bebidas alcohólicas a menores de edad.
Venta y distribución de alimentos, sin los requisitos sanitarios.
La contaminación del medio ambiente.
5.- Las nuevas agresiones a la sociedad.
Subtemas
Los actos intimidatorios de los integrantes de una pandilla
Los enfrentamientos de pandillas.
La apología de tatuajes, señales y objetos que revelen agresividad
social.
La posesión de animales peligrosos, por su naturaleza o entrenamiento.
Penalidad agravada para los delitos de abuso de autoridad.
Configuración de los delitos en la Procuración y Administración
de Justicia como graves.
Intervención de los sistemas de informática y telefonía.
Configuración de los delitos de uso de bienes asegurados.
Configuración de los delitos cometidos por los Notarios en la simulación
de actos jurídicos.
Agilización del requisito de procedibilidad para el ejercicio de la acción
penal en contra de los Notarios.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 23 de Abril de 2004.
Atentamente
LIC. ANDRÉS AVELINO SORIANO MONTES
Presidente de
Empresarios del Estado de Oaxaca, A.C. y,
De la Unión de Empresarios de Oaxaca, S.P.
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